Estructura Orgánica

Municipalidad

En este aspecto podemos señalar que la Municipalidad de Longaví, es «una corporación destinada a desarrollar una adecuada estrategia de planificación de proyectos, planes y programas orientados a satisfacer las necesidades de infraestructura básica, desarrollo económico, social y cultural tendientes a proporcionándoles a los vecinos una mejor calidad de vida, respetando la vocación comercial, industrial y de servicios que la ha caracterizado a largo de su existencia, incluyendo a la vez otras áreas que se desarrollaran con el continuo cambio que nos ofrece la nuevas tecnología de información y comunicación».

A. Funciones

Para dar cumplimiento al mandato constitucional de satisfacer las necesidades de la comunidad local y asegurar su participación en el progreso económico, social y cultural de la comuna, los municipios cuentan con dos grandes grupos de funciones: las privativas y las compartidas. Para su desarrollo no requiere autorización previa o delegación de ningún ministerio o servicio que tenga competencia sobre la materia.
Las funciones privativas son aquellas que sólo pueden ser cumplidas y desarrolladas por la municipalidad, conforme a las leyes y a las normas técnicas de carácter general que dicten los ministerios cuando corresponda.

¿Cuáles son las funciones privativas que cumplen las municipalidades?

a. Aplicar las disposiciones sobre transporte y tránsito público dentro de la comuna;
b. Aplicar las disposiciones sobre construcción y urbanización; la planificación y regulación urbana de la comuna y la confección del plan regulador comunal;
c. El aseo y ornato de la comuna;
d. la promoción del desarrollo comunitario;
e. elaborar, aprobar y modificar el plan de desarrollo comunal, cuya aplicación deberá armonizar con los planes regionales y nacionales.

Las funciones compartidas son aquellas que ejercen los municipios directamente o con otros órganos de la Administración del Estado.

¿ Cuáles son las funciones compartidas que cumplen las municipalidades ?

a. la asistencia social;
b. la salud pública;
c. la protección del medio ambiente;
d. la educación y la cultura;
e. el deporte y la recreación;
f. el turismo;
g. el transporte y tránsito público;
h. la vialidad urbana y rural;
i. la urbanización;
j. la construcción de viviendas sociales e infraestructuras sanitarias;
k. la prevención de riesgo y la presentación de auxilio en situaciones de emergencia;
l. el desarrollo de actividades de interés común en el ámbito local.

B. Las Atribuciones Municipales

Una vez delimitadas las funciones de los municipios, ellas deben acompañarse del ejercicio de atribuciones que hagan posible a estas entidades públicas su cumplimiento efectivo. Las atribuciones pueden ser esenciales o no esenciales.
Las atribuciones esenciales son aquellas que por su importancia y naturaleza corresponde determinar a la ley orgánica constitucional y que taxativamente deben señalarse en dicha ley.

¿ Cuáles son las atribuciones esenciales que ejercen las municipalidades para cumplir con sus funciones ?

a. Ejecutar el plan comunal de desarrollo y los programas necesarios para su cumplimiento;
b. Elaborar, aprobar, modificar y ejecutar el presupuesto municipal;
c. Administrar los bienes municipales y nacionales de uso público existentes en la comuna, salvo en los casos en que la administración de estos últimos corresponda a otros órganos de la Administración del Estado;
d. Constituir corporaciones o fundaciones de derecho privado, sin fines de lucro, destinadas a la promoción y difusión del arte y la cultura.

A su vez, las municipalidades tendrán las atribuciones no esenciales que le confieran las leyes o que versen sobre materias que la Constitución Política de la República expresamente ha encargado sean reguladas por la ley común.

Por otra parte, la Ley Orgánica de Municipalidades establece que, para el cumplimiento de sus funciones, las municipalidades están facultadas para celebrar convenios con otros órganos de la Administración del Estado, en las condiciones que señale la ley respectiva, sin alterar las atribuciones y funciones que corresponden a laso municipios.